CANCELA SCJN ORDEN PARA PAGAR 10 MILLONES DE PESOS A FAVOR DE SERGIO AGUAYO EN DEMANDA DE HUMBERTO MOREIRA
CANCELA SCJN ORDEN PARA PAGAR 10 MILLONES DE PESOS A FAVOR DE SERGIO AGUAYO EN DEMANDA DE HUMBERTO MOREIRA
Ecodiario
El exgobernador había demandado por la vía civil al politólogo Sergio Aguayo Quezada, por lo cual había sido condenado a pagar 10 millones de pesos.
CIUDAD DE MÉXICO. - La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó cancelar la condena de pago de 10 millones de pesos por daño moral impuesta al investigador Sergio Aguayo Quezada derivado de una demanda civil que interpuso en su contra Humberto Moreira Valdés, exgobernador de Coahuila.
La Primera Sala de la Corte aprobó este día, por unanimidad, un proyecto de la Ministra Margarita Ríos-Farjat que absuelve a Aguayo Quezada y ordena anular la condena en su contra, dictada en octubre de 2019 por la Sexta Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad de México.
Ante la noticia, el investigador escribió en su cuenta de Twitter: “Después de casi seis años hoy la SCJN canceló mi condena a pagar 10 mdp a Humberto Moreira por un supuesto daño moral. Estoy feliz porque no tendré que pagar, pero estoy más contento aún porque la SCJN falló en favor de la libertad de expresión y de investigación periodística. Agradezco mucho el apoyo que recibí durante este tiempo de todas y todos ustedes”.
Las y los ministros ejercieron su facultad de atracción en el caso Aguayo-Moreira y determinaron que “las expresiones que el exfuncionario consideró lesivas de su honor son opiniones que se basan en datos fácticos verificados y del conocimiento público, lo que en el caso en específico resultó apto para considerar que, detrás de la opinión, existió un razonable, diligente y acucioso ejercicio de investigación y comprobación de los hechos que le sirvieron de fundamento”.
La Ministra recalcó que la columna escrita por el periodista está protegida por la libertad de expresión “y no transgrede injustificadamente el derecho al honor del exfuncionario público”, ya que, aunque las expresiones empleadas por Aguayo podrían ser consideradas como “molestas” o “inquietantes”, pero mantienen apego a la tutela constitucional.
“Se concluyó que las opiniones expresadas se plantearon en forma de proposiciones, con las que se puede estar o no de acuerdo, pero que fomentan la discusión y la formación de la opinión de la audiencia”, remarcó en un comunicado.
La Primera Sala concluyó que, contrario a lo resuelto en la sentencia reclamada, la columna escrita por el periodista está protegida por la libertad de expresión y no transgrede injustificadamente el derecho al honor del exfuncionario público, por lo que concedió el amparo para que se declare infundada la acción del demandante, se absuelva al demandado de las prestaciones reclamadas y se condene al ex servidor público al pago de costas judiciales.
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