VINCULAN A ARMANDO “N” POR ACCIDENTE MORTAL EN BULEVAR

Armando “N” fue vinculado a proceso por el accidente entre un vehículo recolector y una motocicleta que dejó una persona fallecida y otra lesionada en el bulevar metropolitano.

EcoDiario
Foto: Cortesía

ZACATECAS, ZAC.- Armando “N” fue vinculado a proceso por su probable responsabilidad en los delitos de homicidio culposo, lesiones y daño en las cosas, relacionados con un hecho de tránsito ocurrido el pasado 13 de agosto en el bulevar metropolitano, donde una persona perdió la vida y otra resultó lesionada.

La Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas (FGJEZ) informó que los datos de prueba recabados durante la investigación fueron presentados ante el juez, quien determinó iniciar proceso penal contra el imputado.

El accidente se registró en el bulevar metropolitano y tuvo como involucrados a un vehículo recolector y una motocicleta. Como consecuencia del impacto, una persona falleció y otra sufrió lesiones, por lo que el caso quedó bajo investigación de las autoridades ministeriales.

Tras las diligencias correspondientes, el Ministerio Público atribuyó a Armando “N” la probable responsabilidad por homicidio culposo, lesiones y daño en las cosas, delitos por los cuales se desarrolló la audiencia ante la autoridad judicial.

Durante la resolución, el juez consideró suficientes los datos de prueba expuestos para dictar el auto de vinculación a proceso. Además, estableció como medida cautelar la presentación periódica del imputado ante la autoridad durante el desarrollo del procedimiento penal.

La vinculación a proceso no representa una sentencia ni determina la responsabilidad penal definitiva de Armando “N”, sino que permite continuar con la investigación para esclarecer las circunstancias en las que ocurrió el accidente y establecer las responsabilidades correspondientes.

La Fiscalía no proporcionó mayores detalles sobre la identidad de la persona fallecida ni de quien resultó lesionada, tampoco precisó las circunstancias específicas que provocaron el hecho de tránsito.

En términos del artículo 13 del CNPP, toda persona se presume inocente y será tratada como tal en todas las etapas del procedimiento, mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el órgano jurisdiccional.

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