SE APRUEBAN NUEVOS REQUISITOS PARA LA RATIFICACIÓN DE JUECES EN EL PODER JUDICIAL
SE APRUEBAN NUEVOS REQUISITOS PARA LA RATIFICACIÓN DE JUECES EN EL PODER JUDICIAL
Ecodiario
ZACATECAS, ZAC.- El Pleno del Tribunal Superior de Justicia aprobó el Reglamento Interno para la Ratificación de Juezas y Jueces del Poder Judicial del Estado de Zacatecas al cumplir tres años de servicio en el cargo; este paso de suma trascendencia va consolidando la nueva Ley Orgánica y entre las recientes disposiciones para este proceso de ratificación destacan los siguientes puntos:
En los próximos procedimientos de ratificación el Pleno solicitará a la Fiscalía General de Justicia del Estado y a la Delegación de la Fiscalía General de la República, que informen si existen carpetas de investigación en trámite o ya judicializadas en las que las y los jueces estén señalados como imputados, así como las quejas ante la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas interpuestas en su contra que hubieren resultado procedentes.
De igual manera, el Pleno y el jurado deberán tomar en consideración los siguientes aspectos: El apego en su función a los principios y valores que establece la Ley Orgánica y el Código de Ética, las quejas de carácter administrativo interpuestas en su contra ante el Órgano Interno de Control que hubieren resultado procedentes, los resultados de las visitas judiciales, las excitativas de justicia que hubieren resultado procedentes, los cursos de capacitación, formación, actualización, profesionalización y especialización en los que hayan participado, y cualquier otro análogo que a juicio del Pleno y el jurado sea necesario tomar en consideración.
Así pues, las y los jueces ratificados, serán inamovibles y sólo podrán ser privados de sus puestos en los términos del Título VII de la Constitución Política del Estado de Zacatecas y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Las y los jueces no ratificados, serán adscritos al cargo que desempeñaban antes de su nombramiento, sin perjuicio de las sanciones administrativas que resulten aplicables con motivo del procedimiento de ratificación.
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