INCREMENTAMOS SANCIONES CONTRA EL ACOSO SEXUAL Y EL ACECHO: ULISES MEJÍA
La Cámara de Diputados aprobó en el Pleno el dictamen de la Comisión de Justicia que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal para tipificar con mayor precisión los delitos de acoso sexual y acecho, fortaleciendo la protección de la dignidad, la integridad y el derecho de las personas a una vida libre de violencia.
CIUDAD DE MÉXICO.– La Cámara de Diputados aprobó en el Pleno el dictamen de la Comisión de Justicia que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal para tipificar con mayor precisión los delitos de acoso sexual y acecho, fortaleciendo la protección de la dignidad, la integridad y el derecho de las personas a una vida libre de violencia.
El dictamen armoniza el marco penal federal al incorporar conductas que hasta ahora no estaban plenamente reconocidas en la legislación, permitiendo sancionar de forma efectiva prácticas que generan daños psicoemocionales, alteran la vida cotidiana de las víctimas y, en muchos casos, constituyen la antesala de violencias más graves.
Al respecto, el diputado federal por Zacatecas, Ulises Mejía Haro, comentó que esta reforma representa un paso firme para cerrar vacíos legales y fortalecer la actuación del Estado frente a conductas que vulneran la dignidad y la libertad de las personas. Señaló que tipificar con mayor firmeza estas violencias permite atenderlas de forma oportuna y prevenir que escalen a hechos más graves.
En el caso del acoso sexual, la iniciativa establece una definición precisa que contempla el asedio o intimidación reiterada con fines lascivos, incluso a través de medios digitales, con penas que van de uno a tres años de prisión y multas económicas. Asimismo, se consideran agravantes cuando existe una relación de subordinación, cuando las víctimas son menores de edad o personas en situación de vulnerabilidad, o cuando las conductas implican vigilancia y seguimiento.
De igual forma, se tipifica el delito de acecho como una conducta autónoma, aun sin connotación sexual, sancionando la vigilancia, el seguimiento o el contacto no deseado y reiterado que afecte la tranquilidad y libertad de las personas. Esta medida permite una intervención temprana frente a patrones de violencia que, de no atenderse, pueden derivar en delitos de mayor gravedad.
Ulises Mejía Haro destacó que el dictamen también contempla sanciones específicas para servidores públicos que incurran en estas conductas utilizando los medios de su encargo, incluyendo la destitución e inhabilitación, y reconoce expresamente el uso de tecnologías y medios electrónicos como mecanismos a través de los cuales pueden cometerse estos delitos.
En ese sentido, Ulises Mejía Haro subrayó que legislar con responsabilidad es fundamental para fortalecer las herramientas del Estado en la prevención, sanción y erradicación de la violencia.
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