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Carlos Ernesto Alvarado Opinión de Carlos Ernesto Alvarado

QUOD DIXI DIXI | LOS MUERTOS AL ALTAR, LOS HEREDEROS AL JUZGADO

Mañana comienza el Día de Muertos; habrá flores de cempasúchil, veladoras, pan y fotografías para recibir a quienes se adelantaron en el camino

“El muerto al hoyo y el vivo al gozo”. Refrán popular.

Mañana comienza el Día de Muertos; habrá flores de cempasúchil, veladoras, pan y fotografías para recibir a quienes se adelantaron en el camino. En algunas casas también convendría colocar una copia del testamento, porque hay difuntos cuya última voluntad provoca más movimiento que una aparición a medianoche.

La familia se reúne para recordar al abuelo y, en cuanto alguien menciona la casa, aparece una extraordinaria generación de especialistas en derecho sucesorio. El hijo que nunca tuvo tiempo para visitarlo ahora conoce perfectamente dónde están las escrituras; incluso recuerda conversaciones que, curiosamente, nadie más escuchó.

La muerte tiene esa capacidad de despertar sentimientos que llevaban años enterrados, especialmente cuando hay propiedades de por medio. Ayer todos aseguraban que lo importante era permanecer unidos; hoy discuten quién se queda con el terreno, quién merece más por haber cuidado al enfermo y quién recibió dinero cuando todavía vivía.

El difunto guarda silencio, circunstancia que algunos aprovechan para atribuirle promesas de última hora. Hay familias que pasan años sin reunirse y consiguen hacerlo gracias a un juicio sucesorio; el inconveniente es que llegan acompañadas de abogados y con menos disposición a perdonar que a cobrar.

Nuestro derecho contempla dos caminos para transmitir una herencia. Cuando existe testamento, debe respetarse la voluntad del fallecido dentro de los límites legales; cuando falta o resulta insuficiente, intervienen las reglas de la sucesión legítima, comúnmente llamada intestamentaria. Así lo establece el Código Civil de Zacatecas.

Denuncia desaparición

Y cuidado, porque una herencia comprende bienes, derechos y obligaciones que sobreviven a su titular; las deudas también pueden formar parte del paquete, aunque la responsabilidad del heredero tiene límites legales. La muerte podrá ser democrática, pero la distribución de las propiedades exige algo más que un apellido y una fotografía llorando junto al ataúd.

Por eso resulta curioso nuestro comportamiento frente al testamento. Nos preocupa morir, aunque preferimos dejar para después cualquier decisión sobre lo que ocurrirá con nuestro patrimonio; hablamos de evitar problemas familiares mientras dejamos las condiciones perfectas para producirlos.

Otorgar testamento tampoco garantiza que desaparezcan los pleitos, pero permite expresar jurídicamente la voluntad de quien dedicó su vida a construir lo que deja. Después de todo, una casa representa años de trabajo y sacrificios; verla convertida en motivo de odio entre hermanos quizá sea una segunda muerte, bastante menos digna que la primera.

Y hablando de herencias, la política mexicana también merece una visita al panteón. Hay quienes parecen confundir el servicio público con una empresa familiar, como si los cargos, las candidaturas y los presupuestos pudieran transmitirse mediante una cláusula testamentaria.

En una sucesión privada, la ley determina quién puede heredar; en la vida pública, ningún parentesco debería sustituir al mérito, la capacidad ni la responsabilidad ante los ciudadanos. La diferencia es enorme, aunque a ciertos círculos de poder les cueste comprenderla.

Este Día de Muertos recordemos a quienes construyeron nuestro patrimonio y nuestra historia; cuidemos su memoria, respetemos su voluntad y recordemos algo que también deberían aprender nuestros gobernantes: las propiedades pueden heredarse, el poder público no.

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